Transparencia retributiva en Eslovenia
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Solicitudes de información retributiva Pendiente
Las personas trabajadoras pueden pedir su nivel retributivo y la media de quienes realizan un trabajo igual o de igual valor, desglosada por sexo.
Eslovenia no ha publicado ninguna medida de transposición propia de la Directiva. No hay proyecto de ley ni ley aprobada que establezca un nuevo paquete de transparencia retributiva para las empresas. La única referencia legal concreta ahora mismo es la actual Ley de Relaciones Laborales.
Existe un proyecto llamado PAY DAY para apoyar la aplicación, pero es una iniciativa de capacitación, no una norma. Por sí solo no crea obligaciones legales. Hasta que aparezca un texto público de transposición, las empresas en Eslovenia se rigen por el marco previo de igualdad retributiva, no por un régimen nuevo propio de la Directiva.
La fecha de inicio de las obligaciones principales propias de la Directiva figura como pendiente. Todavía no hay un calendario confirmado sobre cuándo irá Eslovenia más allá de su base actual.
La medida
- Ley o medida
- El programa legislativo del Gobierno prevé preparar la Ley para hacer efectiva la igualdad retributiva entre mujeres y hombres mediante la transparencia retributiva; sigue en vigor la ZDR-1, la ley actual de igualdad retributiva.
- Inicio de las obligaciones principales
- Pendiente
- A quién se aplica
- El ámbito propio de la Directiva sigue pendiente
Qué exige la ley
Seguimos verificando los requisitos detallados con fuentes oficiales. Los datos confirmados figuran en el resumen anterior y en Fuentes.
En qué se diferencia Eslovenia de la Directiva
No se ha identificado ningún proyecto de ley ni medida aprobada propios de la Directiva. El artículo 133 de la ZDR-1 exige igual retribución por el mismo trabajo y por un trabajo de igual valor, sin distinción de sexo; el proyecto PAY DAY sigue siendo solo un apoyo a la aplicación.
Qué significa para las empresas
De momento, tu base de cumplimiento en Eslovenia es la Ley de Relaciones Laborales (ZDR-1), en concreto sus artículos 6 y 133. Estas disposiciones ya exigen igual retribución por el mismo trabajo y por un trabajo de igual valor, sin distinción de sexo, y prohíben la discriminación. Esa base se aplica hoy y no depende del calendario de la Directiva.
Varios aspectos concretos que la Directiva acabará regulando, como el derecho de la persona trabajadora a la información retributiva, la comunicación de la banda salarial en la selección, las preguntas sobre el salario anterior o el modelo de informe, aún no están definidos para Eslovenia. Por ahora no se ha identificado un modelo de informe confirmado, así que no conviene dar por hecho ningún formato ni método de cálculo concreto.
- Mantén al día tus controles de igualdad retributiva y no discriminación conforme a la ZDR-1, que sigue siendo la norma exigible.
- Vigila el portal legislativo por si aparece un proyecto de ley propio de la Directiva, porque aún no se ha identificado ninguno.
- No des por hecho que exista ya ninguna norma sobre informes, banda salarial o salario anterior, porque estos detalles aún no están definidos.
- Trata PAY DAY como un apoyo preparatorio y no como un requisito de cumplimiento, porque no es una medida legal.
Control y cuestiones abiertas
- Autoridad competente
- Ministerio de Trabajo, Familia, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades
- Organismo de igualdad
- Defensor del Principio de Igualdad (Zagovornik načela enakosti)
- Qué podría cambiar todavía
- La preparación jurídica oficial ya consta verificada en el programa legislativo del Gobierno, al margen del apoyo de PAY DAY. Ha pasado la fecha prevista en el programa para el examen por el Gobierno, el 15 de septiembre de 2026, y el objetivo de aprobación parlamentaria del 30 de noviembre de 2026 es un plan, no una prueba de avance ni de aprobación. El proyecto vigente y la fase parlamentaria real siguen sin verificarse; no se deduce ninguna nueva obligación para las empresas ni fecha de entrada en vigor.
Preguntas frecuentes
¿Ha aprobado Eslovenia una ley para transponer la Directiva de transparencia retributiva de la UE?
No. No se ha identificado en Eslovenia ningún proyecto de ley público ni medida aprobada propios de la Directiva. El único texto legal relevante sigue siendo la Ley de Relaciones Laborales ya existente.
¿Qué es el proyecto PAY DAY en Eslovenia?
PAY DAY se presenta como un proyecto de apoyo a la aplicación, no como una propuesta legislativa. No crea obligaciones legales, así que no debe tratarse como un requisito de cumplimiento.
¿Qué normas de igualdad retributiva se aplican hoy a las empresas en Eslovenia?
Las empresas están sujetas a la Ley de Relaciones Laborales (ZDR-1), en concreto a sus artículos 6 y 133, que exigen igual retribución por el mismo trabajo y por un trabajo de igual valor, sin distinción de sexo, y prohíben la discriminación. Es la base actual, independiente de cualquier norma futura propia de la Directiva.
¿Cuándo empiezan las nuevas obligaciones de transparencia retributiva en Eslovenia?
La fecha de inicio de las obligaciones principales figura como pendiente. Todavía no se ha identificado un calendario confirmado.
¿Hay en Eslovenia un modelo definido para informar sobre la brecha retributiva de género?
No se ha identificado ningún modelo de informe. Por ahora, las empresas no deben dar por hecho ningún formato de informe concreto ni quién se encargará del cálculo.
¿Qué autoridades supervisan la igualdad retributiva en Eslovenia?
La autoridad competente es el Ministerio de Trabajo, Familia, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades, y el Defensor del Principio de Igualdad actúa como organismo de igualdad.
- Derecho a solicitar información retributiva Art. 7(1)
- Pendiente
Las personas trabajadoras pueden solicitar su nivel retributivo individual y la media de quienes realizan un trabajo igual o de igual valor, desglosada por sexo.
Aún en verificación con fuentes oficiales: plazo de respuesta, banda salarial en la selección, prohibición de preguntar por el salario anterior, umbral para la evaluación retributiva conjunta.
- Régimen previo
- Los artículos 6 y 133 de la ZDR-1 establecen la base actual de no discriminación e igualdad retributiva; no se ha validado ningún texto de transposición propio de la Directiva.
- Fase formal de transposición
- Preparación oficial
- Alcance
- Solo régimen previo
Próximo hito
Comprobar la situación real del EVA2026-2611-0034 y obtener su texto legal. El programa de julio preveía su examen por el Gobierno antes del 15 de septiembre de 2026 y su aprobación antes del 30 de noviembre de 2026; son objetivos de planificación sin verificar, no plazos legales para las empresas.
Fuentes primarias
- El programa legislativo del Gobierno prevé preparar la Ley para hacer efectiva la igualdad retributiva entre mujeres y hombres mediante la transparencia retributiva; sigue en vigor la ZDR-1, la ley actual de igualdad retributiva. Fuente primaria, comprobada el 15 de octubre de 2026 · enlace no disponible temporalmente, lo estamos volviendo a verificar
- Fase formal de transposición Preparación oficial · preparation · Fiabilidad alta
- Obligaciones principales de la empresa No operativo · preparation · Fiabilidad alta
- Alcance de la transposición Solo régimen previo · pre existing · Fiabilidad alta
- Employer required input data No se ha identificado ningún requisito de datos propio de la Directiva para la información a la plantilla o el informe; los datos ordinarios de nómina y clasificación de puestos siguen siendo relevantes según la base de igualdad retributiva. · pre existing · Fiabilidad alta
- First data period needed No se ha identificado un primer periodo de datos específico de la Directiva. · pre existing · Fiabilidad alta
Historial de cambios
Actualizaciones recientes
El programa legislativo de Eslovenia recoge la preparación de una norma sobre transparencia retributiva
El programa del Gobierno de julio de 2026 menciona una futura ley de transparencia sobre igualdad retributiva con la referencia EVA2026-2611-0034.
Evenpay mantiene esta página a partir de fuentes primarias oficiales y la revisa antes de publicarla. Es información general, no asesoramiento jurídico. Los requisitos varían según el Estado miembro y cambian a medida que avanzan las leyes nacionales; las cifras descritas como propuestas pueden modificarse.
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